Micelio
Auto25 de mayo de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Bodegas Santa Lucia Sas·Demandado Gobernacion De Tolima

Tema · dato duro
Conocimiento De Acciones Y Procedimientos Que Se Tramiten En Asuntos De Competencia Desleal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Conocimiento de acciones y procedimientos que se tramiten en asuntos de competencia desleal
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre la Superintendencia de Industria y Comercio y la Sección Primera del Consejo de Estado.

Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer una solicitud de medidas cautelares promovida por la sociedad Bodegas Santa Lucia SAS en contra de la Gobernación del Tolima, con el propósito de que se le otorgue un permiso inmediato para la introducción de su aguardiente en el Departamento del Tolima.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte resolvió que, de conformidad con lo señalado en los Autos 1505 de 2022, 1764 de 2022 y 1837 de 2022, las controversias relativas a la presunta comisión de actos de competencia desleal deben ser conocidas por la Jurisdicción Ordinaria, en este caso, en cabeza de la SIC.

Esto, sin importar si la parte demandante es una entidad pública.

Por lo tanto, la Sala reiteró la regla de decisión establecida en el Auto 1837 de 2022, según la cual, la Jurisdicción Ordinaria es la competente para conocer sobre las solicitudes de medidas cautelares por presunta infracción de las normas de competencia desleal, según lo dispuesto por el artículo 15 y el literal b) del numeral 1° del artículo 24 del Código General del Proceso; y ordenó remitirle a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio el expediente, para que le dé trámite al asunto y resuelva de fondo conforme a las competencias de esa jurisdicción.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Superintendencia de Industria y Comercio y la Sección Primera del Consejo de Estado, en el sentido de DECLARAR que la Superintendencia de Industria y Comercio es la autoridad competente para conocer del asunto promovido por la sociedad Bodegas Santa Lucia S.A.S contra la Gobernación del Tolima.
  2. Segundo. REMITIRLE el expediente CJU-1978 a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio para que proceda con lo de su competencia y les comunique esta decisión a los interesados y a la Sección Primera del Consejo de Estado.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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